El artículo 362 debe
ser derogado porque contradice la protección de los Derechos Humanos y permite
la criminalización de la juventud y de la protesta social.
FIRMA AQUI:
La Comisión de
Derechos Humanos del Distrito Federal ha documentado al menos dos
casos significativos de
detenciones arbitrarias masivas en contra de grupos de jóvenes en la Ciudad de México, por ejemplo
en los operativos contra las “fiestas clandestinas” o la detención de 174
adolescentes y 54 jóvenes autodenominados reggaetoneros, ocurrida el 15 de
julio de 2012. Casos en los que se utilizó el Artículo 362 del Código
Penal del Distrito Federal para justificar la detención de jóvenes que no
tuvieron responsabilidad en actos delictivos.
Durante las
manifestaciones del 1° de diciembre en la Ciudad de México con motivo de la
toma
de protesta de Enrique Peña Nieto, se detuvo de manera arbitraria a 106
personas, de las cuales 14 siguen presas, habiéndose girado auto de formal
prisión. Los 14 presos del
1D son investigados por el delito de Ataques a la Paz Pública, contemplado en el Artículo
362, equiparable en el plano federal con el delito de Terrorismo.
El art.362 establece
que:
“SE LE IMPONDRAN DE CINCO A TREINTA AÑOS DE PRISION Y SUSPENSION DE DERECHOS
POLITICOS HASTA POR DIEZ AÑOS, AL QUE MEDIANTE LA UTILIZACION DE SUSTANCIAS TOXICAS, POR INCENDIO, INUNDACION
O VIOLENCIA EXTREMA, REALICE
ACTOS EN CONTRA DE LAS PERSONAS, LAS
COSAS O SERVICIOS PUBLICOS, QUE
PERTURBEN LA PAZ PUBLICA O MENOSCABEN LA AUTORIDAD DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, O PRESIONEN A LA
AUTORIDAD PARA QUE TOME UNA DETERMINACION”
El artículo 362 debe
ser derogado porque contradice el principio
de protección de los DERECHOS HUMANOS. Es un tipo penal difuso que viola el principio de legalidad, lo que significa que al no ser
claro permite la CRIMINALIZACIÓN de la JUVENTUD, de la PROTESTA SOCIAL y
de ciertos perfiles físicos y socioeconómicos.
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal tiene la facultad de derogar el art.362 y cumplir su obligación en la defensa
los derechos humanos, de otro modo la represión política, el abuso y la impunidad seguirán disfrazándose de legalidad al
amparo de éste.
En defensa de
nuestro derecho a la libre
manifestación, deroguemos el art.
362.
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ACCIONES por la derogación inmediata del art.362:
1. Firma la
carta para exigir la derogación del art.362.
2. Marcha
de Bellas Artes a la Asamblea Legislativa en Donceles el jueves 13 a las 12pm
para
entregar la Exposición de motivos
para la derogación del art.362 en la Asamblea Legislativa del DF.
3. Exige por Twitter la derogación inmediata del art.362
a los legisladores de la Asamblea del Distrito Federal.
En defensa de
nuestros derechos humanos, contra la criminalización de la juventud y de
la protesta social, ¡Derogación
inmediata del art.362!
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